Cuenta para los pagos a PROPIARIA, S.L.: ES80 0081 0019 3000 0187 7789. La firma de la escritura pública se realizará dentro del plazo indicado en el calendario.
EL/LA PROPONENTE se compromete a la adquisición del inmueble en las condiciones económicas descritas, libre de cargas y sin ocupantes o inquilinos, al corriente de gastos comunitarios, con cédula de habitabilidad en vigor y certificado de eficiencia energética.
Sobre la presente propuesta:
Sobre el futuro contrato de ampliación de arras:
La presente propuesta es vinculante para EL/LA PROPONENTE hasta su aceptación o rechazo por la parte vendedora. Si EL/LA PROPONENTE retira la oferta antes de dicha aceptación o rechazo, perderá las cantidades entregadas en concepto de reserva.
Si la parte vendedora no aceptara la presente propuesta en el plazo de diez (10) días hábiles, o existieran elementos legales que condicionaran o impidieran la operación, PROPIARIA, S.L., en calidad de agente, devolverá íntegramente a EL/LA PROPONENTE las cantidades recibidas, sin que ello genere derecho a intereses, gastos ni indemnizaciones a su favor.
La firma de la parte vendedora aceptando la presente propuesta vinculará a ambas partes y otorgará al presente documento naturaleza de arras penitenciales, conforme al art. 621-8.2 del Libro VI del Código Civil de Cataluña. En consecuencia, si la parte vendedora desistiera de la operación, deberá devolver dobladas las cantidades entregadas; si desistiera EL/LA PROPONENTE, perderá las cantidades entregadas.
Cualquier mención escrita en el presente apartado de OBSERVACIONES que contradiga lo establecido en el resto del documento prevalecerá sobre éste.
En Sant Vicenç dels Horts, a de de .

LA PARTE VENDEDORA, abajo firmante, manifiesta su plena conformidad con las condiciones expuestas en la presente propuesta de compra. Conforme al apartado (c), su firma otorga al presente documento naturaleza de arras penitenciales (art. 621-8.2 Libro VI del C.C. de Cataluña).